lunes, 17 de marzo de 2025

Un acuerdo por la vida carcelaria de los presos en Salta: entre el Poder Ejecutivo y el Comité para la Prevención de la Tortura ante la Corte de Justicia de Salta

Se desarrolló la audiencia judicial en Salta sobre la situación de los presos en las cárceles provinciales . Fue entre el Poder Ejecutivo del Gobierno de Salta y el Comité para la Prevención de la Tortura de Salta y estuvo presidida por la Corte Suprema de Justicia de Salta, en el Salón de Grandes Juicios de la ciudad judicial. La Asociación Miguel Ragone junto a miembros de la Mesa de Derechos Humanos de Salta, en carácter de amiga del tirbunal (ver 1 y 2), estuvo presente. 

En la misma se consideró un preacuerdo propuesto por la Fiscalía del Estado para abordar la compleja situación del sistema carcelario. Los participantes, incluyendo representantes de seguridad, justicia, derechos humanos y asuntos penitenciarios, celebraron los avances y discutieron la formalización del acuerdo, que contempla la creación de una mesa de trabajo interinstitucional con tres áreas focales: 1.- planificación carcelaria, 2.- cumplimiento normativo en dependencias policiales e 3.- implementación tecnológica. Hubo acuerdos para establecer plazos concretos para compromisos como el acceso a salud y alimentación de detenidos y el traslado de penados desde comisarías, así como la posible participación de la Corte para seguimiento y supervisión. Finalmente, se acordó presentar formalmente el acuerdo la próxima semana.

 

Rodrigo Solá, presidente del CPTS le habla a la Corte de Justicia de Salta

Los presentes

Fueron los nueve miembros de la Corte de Justicia de Salta presidida por la Dra. Teresa Ovejero Cornejo. Rodrigo Sebastián Solá, Presidente del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de Salta. Cristina Cobos, Ramón Corregidor y Andrés Giardamachi, comisionados del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura. La Dra. María José Castillo, Secretaria Ejecutiva del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura. Y la Dra. Tania Kiriaco, asesora del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura.

Por el Poder Ejecutivo Provincial; el Dr. Juan Agustín Pérez Alsina, Fiscal de Estado, el Dr. Pablo Buchenti y Ana Carolina: Coordinadores, de la Fiscalía de Estado. El ingeniero Ricardo Villar, Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, la Dra. Mariana del Valle Reyes: Secretaria de Derechos Humanos. Javier Horacio Solar: Coordinador General, Dr. Héctor de Francesco y Dra. Elsa Segura, representantes del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, Dra. María Verónica, Secretaria de Justicia, Dr. Jorge Cavar Salgada, Subsecretario de Políticas Penales, Sr Óscar, Coordinador General; Dr. Federico Andrés Gutiérrez y Alberto, representantes de la Defensoría General de la Provincia.

Por el Ministerio Público Fiscal el Dr. Eduardo Sylvester, Fiscal de la Corte número dos. presente.

Estructura Temporal y Ejes Centrales de la Audiencia:

Podemos dividir el desarrollo de la reunión en las siguientes etapas:

Pre-audiencia:

    • Eje Central: Conversaciones informales entre los asistentes antes del inicio formal. Se tratan temas personales y se coordinan aspectos logísticos como la ubicación del salón.

Inicio Formal de la Audiencia:

    • Eje Central: La Presidenta de la Corte da inicio formal a la audiencia de habeas corpus correctivo solicitada por el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura contra la provincia de Salta. Se informa sobre la grabación de la audiencia y se da lectura a las reglas de orden y la nómina de los participantes. Se explicita que la audiencia fue solicitada por la parte demandada con fines conciliatorios.

Exposición de la Parte Actora:

    • Eje Central: El presidente del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, Dr. Rodríguez Solar, presenta los argumentos del habeas corpus. Los ejes centrales de su exposición son:
      • Las condiciones deplorables en dependencias policiales, consideradas tratos inhumanos y mortificantes.
      • El consenso sobre la improcedencia de mantener personas privadas de libertad de forma permanente en comisarías.
      • La precariedad de las comisarías como lugares de encierro, la falta de clasificación de los detenidos y la inadecuada preparación del personal policial.
      • Las consecuencias negativas de la detención en comisarías: falta de acceso a necesidades básicas, imposibilidad de régimen de progresividad de la pena y riesgo de responsabilidad internacional para el Estado.
      • La solicitud de inhabilitación y clausura de las comisarías número tres y cuatro debido a su incapacidad absoluta para el alojamiento de personas.
      • La demanda de traslado inmediato de penados y progresivo de personas con prisión preventiva a establecimientos penitenciarios.
      • La necesidad de garantizar condiciones de habitabilidad dignas, conformar una mesa de coordinación, asegurar la no repetición de la situación y presentar un plan de contingencia para reducir el hacinamiento.
      • La importancia de la provisión inmediata de higiene, agua, alimentación y atención médica, y el establecimiento de un sistema unificado de estadísticas sobre personas privadas de libertad en dependencias policiales.
      • La falta de avances significativos desde la presentación del habeas corpus y la ocurrencia de hechos que agravan la situación.
      • El pedido de medidas inmediatas (garantizar acceso a necesidades básicas, traslado de penados, inhabilitación de comisarías) y de trabajo progresivo a través de un plan de contingencia y la articulación con el Ministerio Público.
      • El agradecimiento a las organizaciones de derechos humanos y al Colegio de Abogados por su apoyo.

Respuesta del Fiscal de Estado:

    • Eje Central: El Fiscal de Estado presenta las excusas del Ministro de Seguridad y Justicia y manifiesta la voluntad del Poder Ejecutivo de llegar a una solución acordada. Destaca la naturaleza del habeas corpus correctivo para mejorar las condiciones de detención legal. Menciona los informes presentados por distintas dependencias del ejecutivo y propone la conformación de una mesa de trabajo con el Comité para elaborar un plan concreto en un tiempo determinado, evitando una sentencia definitiva inmediata.

Intervención del Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo:

    • Eje Central: El Ministro ratifica la voluntad del gobierno de defender los derechos humanos de las personas privadas de libertad. Destaca la puesta en funcionamiento del dispositivo local del comité contra la tortura durante su gestión y el trabajo realizado por los diferentes ministerios para abordar la situación. Informa sobre la elaboración de un borrador de acuerdo con el Comité y solicita un cuarto intermedio para avanzar en su suscripción.

Cuarto Intermedio y Discusión del Acuerdo:

    • Eje Central: Se concede un cuarto intermedio para que las partes conversen sobre el acuerdo. Tras el receso, el presidente del Comité informa sobre la revisión de la propuesta de acuerdo y celebra los avances. Menciona puntos importantes a precisar en el acta, como plazos definidos y la inclusión de la Defensoría y Procuración. Solicita plazos concretos para las medidas urgentes (acceso a necesidades básicas, traslado de penados, clausura de comisarías) y para la constitución de la mesa de trabajo. El Fiscal de Estado manifiesta su acuerdo y propone operativamente registrar el acuerdo en el acta. Se discute el plazo para la presentación formal del acuerdo ante la Corte, estableciéndose el martes próximo.

Comentarios Informales y Finalización:

    • Eje Central: Se registran comentarios informales sobre las motivaciones políticas detrás de la audiencia, la historia de reclamos similares y otros temas no directamente relacionados con el desarrollo formal. Finalmente, representantes de la Procuración General y la Defensoría General expresan su adhesión al trabajo conjunto y la Presidenta de la Corte declara cerrada la audiencia, valorando su carácter positivo.

 

Miembros de la Asociación Ragone y la Mesa de Derechos Humanos de Salta

La estrategia del Fiscal de Estado en el Habeas Corpus Correctivo en Salta: Hacia un Acuerdo Colaborativo por los Derechos de los Detenidos

El discurso del Dr. Juan Agustín Pérez Alsina, Fiscal de Estado, en la audiencia de habeas corpus correctivo se centra en la manifestación de la voluntad del Poder Ejecutivo de la provincia de Salta para abordar y solucionar la problemática de las condiciones de detención en dependencias policiales. Su intervención se desarrolla con una clara intención conciliatoria, buscando establecer un marco de trabajo conjunto en lugar de una confrontación judicial.

Uno de los ejes centrales de su alocución es la correcta calificación jurídica de la acción interpuesta. Dedica una parte significativa de su tiempo a explicar la naturaleza del instituto del habeas corpus, remontándose a su origen como garante de la libertad individual frente al poder estatal. Destaca la evolución hacia el habeas corpus colectivo, que permite abordar vulneraciones de derechos que afectan a un grupo de personas, y lo diferencia del habeas corpus originario. Subraya que el caso en cuestión se inscribe dentro de la figura del habeas corpus correctivo, cuyo objetivo primordial no es la excarcelación por detención ilegal, sino la corrección de las condiciones en las que se encuentran las personas legalmente privadas de su libertad. Esta distinción es pertinente en relación a los derechos de los presos, ya que reconoce que incluso una detención legítima no exime al Estado de su obligación de garantizar condiciones de detención dignas y respetuosas de los derechos humanos.

El Fiscal de Estado reconoce implícitamente la validez de los reclamos presentados por el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, al señalar que el Poder Ejecutivo está de acuerdo con la demanda en cuanto a la necesidad de mejorar las condiciones de detención. Menciona los informes que el ejecutivo ha presentado al expediente, detallando la situación en diversas dependencias policiales y las acciones emprendidas. Sin embargo, su estrategia discursiva evita entrar en la discusión puntual de los hechos denunciados, priorizando la búsqueda de una solución integral y consensuada.

En lugar de una respuesta directa a las acusaciones o una defensa basada en la negación de los hechos, el Fiscal de Estado propone un camino alternativo: la conformación de una mesa de trabajo conjunta entre el Poder Ejecutivo y el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura. Esta propuesta se erige como otro eje central de su intervención. Argumenta que, dada la complejidad de la situación y la necesidad de analizar y corregir múltiples aspectos, no considera conveniente una sentencia definitiva que ordene medidas específicas de manera inmediata, como suele ocurrir en litigios estructurales. En cambio, aboga por un acuerdo de trabajo con un plazo determinado, que permita elaborar un plan concreto con el compromiso de ambas partes, para luego ser presentado a la Corte.

La pertinencia de la figura jurídica del litigio estructural en este contexto es un punto implícito en su discurso. Si bien no la menciona directamente, su rechazo a una sentencia con mandatos precisos sugiere una postura cautelosa frente a la intervención judicial directa en la gestión de políticas públicas penitenciarias y de seguridad. El Fiscal de Estado parece inclinarse por una solución negociada y gestionada por los poderes ejecutivo y el organismo de control, reservando a la Corte un rol de supervisión posterior.

Su propuesta de un pre-acuerdo para la conformación de la mesa de trabajo busca evitar que la Corte deba ordenar esta instancia. Esto refleja una estrategia de reconocimiento proactivo de la problemática y una voluntad de acción por parte del ejecutivo, buscando así influir en el tipo de resolución judicial que se dicte.

En resumen, el discurso del Dr. Juan Agustín Pérez Alsina se caracteriza por:

  • Un reconocimiento implícito de la gravedad de la situación de detención en dependencias policiales.
  • Una clara voluntad de colaboración y búsqueda de una solución conjunta con el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura.
  • Una puesta en valor del habeas corpus correctivo como la vía jurídica adecuada para abordar la problemática de las condiciones de detención.
  • Una propuesta concreta de conformación de una mesa de trabajo para elaborar un plan de acción, en lugar de una sentencia judicial inmediata y detallada.
  • Una estrategia de evitar la imposición judicial directa, buscando un acuerdo negociado y presentado a la Corte para su consideración.

En su análisis de las figuras jurídicas, el Fiscal de Estado demuestra un entendimiento de la distinción entre los tipos de habeas corpus y su aplicabilidad al caso concreto. Su postura frente al litigio estructural, aunque no explícita, sugiere una preferencia por la autogestión de la solución por parte del Poder Ejecutivo, en colaboración con los organismos pertinentes, lo cual puede ser visto como una estrategia para mantener el control sobre el proceso de cambio y adecuación de las condiciones de detención en el ámbito provincial. Su énfasis en la voluntad de acuerdo y la propuesta de una mesa de trabajo buscan asegurar una solución que, si bien reconoce los derechos de los presos a condiciones dignas, se desarrolle dentro de los márgenes de la capacidad de gestión y los recursos del Estado provincial.

 

El Acuerdo provisorio en el Habeas Corpus de Salta: Una Respuesta Urgente a las Condiciones Deplorables de Detención

Momentos de la firma del acuerdo provisorio


Acuerdo por Cárceles en Salta

Los puntos principales del acuerdo, según lo expresado por el presidente del Comité de Prevención de la Tortura, Rodrigo Solá, incluyen el reconocimiento de la complejidad de la situación carcelaria y policial en Salta y la constitución de una mesa de trabajo con tres áreas focales: planificación de la estructura carcelaria, cumplimiento de normativas en dependencias policiales e implementación de herramientas tecnológicas. Se establece un compromiso inmediato para garantizar el acceso a la salud y la alimentación de todas las personas privadas de libertad en dependencias policiales, un plazo máximo de 60 días para el traslado de los penados a establecimientos penitenciarios, el traslado progresivo del resto de la población detenida en comisarías, y la clausura o inhabilitación de las comisarías 3 y 4 en un plazo máximo de 120 días. Adicionalmente, se acordó la conformación de una mesa de coordinación interinstitucional en un plazo de 15 días para trabajar en un plan de contingencia concreto, con un plazo de 60 días para su elaboración, y se solicitó a la Corte implementar mecanismos de seguimiento y monitoreo del avance del acuerdo.

 

Marco del Acuerdo y Urgencia

El presidente del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura de Salta, Rodrigo Solá, durante la audiencia de habeas corpus correctivo, delineó los puntos centrales de un acuerdo en ciernes con el Poder Ejecutivo, valorando los avances logrados en el diálogo previo. Estos puntos deben analizarse críticamente en relación a la urgencia manifiesta de intervención para aliviar las condiciones de vida inhumanas y degradantes que sufren las personas privadas de libertad en dependencias policiales de la provincia, tal como se detalla en su exposición inicial.

 

Áreas de Trabajo y Necesidad Inmediata

Solá celebra el reconocimiento de la complejidad de la situación y la constitución de una mesa de trabajo con tres áreas específicas: planificación de la estructura carcelaria, cumplimiento de normativas en dependencias policiales e implementación de herramientas tecnológicas. Estas áreas son, sin duda, cruciales para abordar la problemática de manera integral. Sin embargo, la urgencia de la situación, marcada por el hacinamiento extremo, la falta de acceso a condiciones básicas de higiene, agua potable, alimentación y atención médica, así como el riesgo de derrumbes e incendios en comisarías como la número tres y cuatro, exige medidas inmediatas y no solo la planificación a futuro.

 

Prioridad de Salud y Alimentación

Un punto fundamental del acuerdo es el compromiso explícito para garantizar el acceso inmediato a la salud y alimentación de todas las personas privadas de libertad en dependencias policiales. Esta es una demanda absolutamente prioritaria dada la descripción de las condiciones insalubres y la falta de provisión adecuada de elementos básicos. La posibilidad de que el Comité pueda hacer seguimiento de esta cuestión es un aspecto positivo para asegurar su cumplimiento.

 

Traslado Urgente de Penados

Otro punto significativo es el plazo de 60 días como máximo para el traslado de los penados que se encuentran en comisarías o dependencias policiales. Esta medida responde directamente a la crítica de que el cumplimiento de penas en estos lugares torna impracticable la resocialización y vulnera los estándares mínimos de trato. La urgencia aquí radica en detener la prolongación de una situación ilegal e inhumana para quienes ya han sido condenados y deberían estar en establecimientos penitenciarios adecuados.

 

Traslado Progresivo y Clausura Riesgosa

Asimismo, el acuerdo contempla el traslado progresivo del resto de la población en comisarías (personas con prisión preventiva u otra situación) y la clausura o inhabilitación de las comisarías 3 y 4 en un plazo máximo de 120 días. Si bien el traslado progresivo es necesario por la sobrepoblación del sistema penitenciario, la urgencia en el caso de las comisarías 3 y 4 es extrema, dado los informes que hablan de su incapacidad absoluta para el alojamiento humano por riesgos de derrumbe e incendio. Un plazo de 120 días, aunque acordado con el ejecutivo como razonable, podría resultar excesivo considerando los riesgos inminentes para la integridad física y la vida de las personas alojadas allí.

 

Mesa de Trabajo y Seguimiento Judicial

La conformación de una mesa de coordinación interinstitucional para trabajar en un plan de contingencia concreto, con plazos de 15 y 60 días, es un paso importante para abordar la sobrepoblación y las deficiencias del sistema de encierro. Sin embargo, la efectividad de esta mesa dependerá de la voluntad política real y la asignación de recursos concretos para implementar las medidas acordadas. La historia previa, mencionada por el propio Solá sobre la falta de continuidad en las mejoras a pesar de resoluciones judiciales, subraya la necesidad de un seguimiento judicial activo como el que se peticiona a la Corte.

 

Tensión entre Integralidad e Inmediatez

En relación a la urgencia, si bien los puntos del acuerdo enunciados por Solá representan un avance al explicitar compromisos y plazos, algunos de estos plazos, especialmente los 120 días para la inhabilitación de las comisarías de mayor riesgo, podrían ser interpretados como una dilación de una intervención que debería ser mucho más apremiante. La precariedad extrema de las condiciones de vida en las dependencias policiales, detallada exhaustivamente por el Comité, demanda una respuesta inmediata y contundente que vaya más allá de la planificación y los traslados progresivos, especialmente en aquellos lugares donde el riesgo para la vida y la integridad de las personas es inminente.

 

Conclusión: Voluntad y Eficacia

En conclusión, los puntos del acuerdo presentados por Rodrigo Solá constituyen un reconocimiento formal de la grave situación y un marco para la acción futura. No obstante, la valoración de estos puntos en relación a la urgencia de la intervención revela una tensión entre la necesidad de una solución integral y la inmediatez que exigen las condiciones inhumanas de detención. Si bien se establecen plazos para algunas acciones clave, es crucial que el Poder Judicial supervise activamente el cumplimiento de estos compromisos y considere la posibilidad de establecer medidas cautelares más urgentes para proteger los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, especialmente en las dependencias policiales que presentan riesgos estructurales evidentes. La voluntad de acuerdo es un primer paso, pero la eficacia se medirá en la rapidez y contundencia con la que se traduzca en mejoras tangibles y duraderas en las condiciones de vida de los presos.

 

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