Por Fernando Pequeño
Ragone,Construido con Gemini Deep Reserch, ene 2026 [1]
Un sistema de prevención de la tortura que funciona es un sistema que permite que la sociedad civil y los organismos federales miren dentro de las prisiones, que las declaraciones de las víctimas sean escuchadas y que las recomendaciones sean vinculantes.
La configuración de un Estado de Derecho robusto exige no
solo la división formal de poderes, sino la existencia de mecanismos de control
extra-poder que funcionen con una autonomía real y una independencia operativa
frente a los designios del Poder Ejecutivo. En la Provincia de Salta, la
reciente respuesta del Ministerio de Gobierno y Justicia, fechada el 23 de
enero de 2026, respecto a la modificación de los concursos para el Comité
Provincial para la Prevención de la Tortura (CPPT), abre un debate profundo
sobre la degradación de la justicia y la vulneración de derechos fundamentales.1
Este fenómeno no puede ser analizado de forma aislada; representa la
cristalización de una tradición de pensamiento que busca la subordinación de
los órganos de control bajo el pretexto de la eficiencia administrativa,
enraizada tanto en las estructuras de poder conservadoras de Salta previas a la
dictadura militar como en las lógicas de desmantelamiento estatal del
neoliberalismo de los años noventa.1
La propuesta de modificar la conformación del Tribunal
Evaluador, restringiéndolo a miembros con residencia exclusiva en la provincia
bajo el argumento de una supuesta "reducción de costos", constituye
una amenaza directa a la neutralidad y a la mirada externa que el Protocolo
Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) exige para estos
organismos.1 A continuación, se desarrolla un análisis exhaustivo
que vincula esta problemática con la justicia transicional, la soberanía
nacional y la resistencia estructural a la porosidad del poder.
El Comité de Prevención de la Tortura y el Riesgo de la Endogamia
Institucional
La Ley Provincial 8024, que establece el Sistema Provincial
de Prevención de la Tortura, fue diseñada siguiendo los lineamientos de la Ley
Nacional 26.827 y los estándares internacionales.1 Su esencia radica
en la creación de un mecanismo independiente que pueda monitorear lugares de
detención, comisarías y servicios penitenciarios sin recibir instrucciones de
ninguna autoridad pública.5 Sin embargo, la pretensión del Ejecutivo
salteño de eliminar la participación de evaluadores externos (como miembros del
Comité Nacional para la Prevención de la Tortura - CNPT) para reemplazarlos por
actores locales insertos en el mismo entramado judicial y político que deben
supervisar, genera lo que la doctrina denomina "endogamia
institucional".1
Esta endogamia anula el "mirador externo",
una garantía esencial para que los candidatos a comisionados sean evaluados sin
los condicionamientos de la política doméstica. Cuando el controlador es
designado por el mismo estamento hegemónico que debe auditar, se produce una
degradación institucional donde el sistema de prevención se vacía de contenido.1
La neutralidad de los jueces -y por extensión a personalidades y/profesionales
destacados locales que pudieran ser designados a este fin por el Poder ejecutivo-
en Salta ha sido históricamente cuestionada debido a sus vínculos con las
estructuras de poder tradicionales, muchas de las cuales han estado ligadas a
procesos de encubrimiento de violencia institucional.1
|
Marco
Normativo |
Principio
Fundamental |
Vulneración
Identificada en la Propuesta de Salta |
|
Ley
Nacional 26.827 |
Independencia
funcional y participación efectiva de la sociedad civil (Art. 32).4 |
Exclusión
de controles federales y subordinación a mayorías simples locales.1 |
|
Ley
Provincial 8024 |
Autonomía
técnica y ausencia de instrucciones de poderes públicos.1 |
Designación
de perfiles complacientes mediante un tribunal endogámico.1 |
|
Protocolo
Facultativo (OPCAT) |
Independencia
operativa y recursos adecuados para visitas periódicas (Art. 18).5 |
Argumento
de "costos" para degradar la calidad del monitoreo preventivo.1 |
|
Jurisprudencia
CSJN |
Supremacía
de tratados de derechos humanos sobre normas locales.11 |
Invocación
de soberanía provincial para incumplir compromisos internacionales.1 |
La vulneración de la Ley 26.827 es especialmente grave, ya
que su artículo 32 obliga a las provincias a respetar los criterios de
independencia y autonomía del sistema nacional.4 Al homogeneizar
hacia abajo los estándares de selección, Salta no solo infringe una ley
nacional, sino que compromete la responsabilidad internacional del Estado
argentino ante el Subcomité para la Prevención de la Tortura de la ONU.5
El Pretexto de la Austeridad como Estrategia de Opacidad
El argumento del Ejecutivo provincial sobre la
"reducción de gastos" para justificar el desmantelamiento de un
tribunal plural debe ser merituado como una estrategia de resistencia a la
transparencia.1 En la tradición de los regímenes autoritarios y en
la praxis neoliberal, el "achicamiento" del Estado rara vez se dirige
a las áreas de discrecionalidad política, sino que se focaliza en los
organismos de control y monitoreo.15 La intención subyacente es
evitar que el poder se vuelva "poroso", es decir, que sea permeable a
la observación de actores independientes y a la rendición de cuentas (accountability).17
La paradoja del planteo oficial queda en evidencia ante la
existencia de herramientas tecnológicas. El uso de plataformas como Zoom,
plenamente legitimado en la jurisprudencia argentina (Acordada 20/2021 de la
CSJN), permite la participación de evaluadores del CNPT o de otras provincias
sin incurrir en gastos de traslado o logística.1 Si el ahorro fuera
la preocupación genuina, el Estado promovería concursos virtuales en lugar de
restringir la integración del tribunal a residentes locales.1 Esta
negativa a utilizar medios digitales para mantener la pluralidad revela que el
objetivo real es la cooptación política del Comité de Prevención de la Tortura.1
Desde la perspectiva de la justicia transicional, esta
resistencia a ser auditado se conecta con las lógicas de impunidad de la
dictadura militar, donde la opacidad de los centros de detención era la
condición necesaria para la violación sistemática de derechos.20 El
control externo es el "parche" democrático que asegura que las
instituciones de encierro no vuelvan a convertirse en zonas de no-derecho.22
Reducir la calidad del proceso de selección por "costos" es, en la
práctica, un debilitamiento de las capacidades de monitoreo que está prohibido
por el principio de no regresividad de los derechos humanos.24
Soberanía Provincial y Degradación de la Justicia en la Argentina Actual
La discusión sobre la soberanía provincial en Salta se ha
utilizado frecuentemente como un escudo para evitar la aplicación de estándares
nacionales e internacionales de derechos humanos.11 Sin embargo, la
soberanía dentro de un sistema federal no implica una autarquía que permita al
Ejecutivo provincial degradar la independencia del Poder Judicial o de los
organismos extra-poder.27 En la Argentina actual, observamos una
tendencia preocupante hacia la dependencia del sistema de justicia respecto de
los gobernadores, manifestada en la manipulación de los consejos de la
magistratura y, en este caso, de los tribunales evaluadores de derechos
humanos.1
La degradación de la justicia se profundiza cuando los
magistrados locales, a menudo vinculados a las mismas élites tradicionales que
ostentan el poder político, actúan como barreras frente a las denuncias de
violencia institucional.1 Este fenómeno no es nuevo; se inscribe en
una tradición de pensamiento de los regímenes políticos de Salta previos a
1976, donde el control judicial era una extensión de las redes familiares y de
patronazgo de las clases dominantes.8 La actual pretensión de
"localizar" el tribunal evaluador es una reedición de ese aislamiento
conservador que busca proteger al sistema hegemónico de miradas federales o
internacionales que no pueden ser cooptadas por la dinámica doméstica.1
Justicia Transicional: El Legado
de la Lucha por la Independencia
Para argumentar una eventual judicialización, es fundamental
conectar este problema con la justicia transicional [2]
en Argentina. Los juicios a los responsables de la dictadura militar no solo
buscaron la condena de individuos, sino la reconstrucción de un sistema de
justicia que fuera capaz de limitar al poder político.23 La lucha de
las organizaciones de derechos humanos durante la transición fue, en gran
medida, una batalla por la transparencia y contra el secreto estatal.23
Las organizaciones que hoy resisten la reforma en Salta
—como la Asociación Miguel Ragone, así como Familiares de detenidos
desaparecidos por razones gremiales y políticas y la Liga por los Derechos
Humanos— heredan esa tradición de vigilancia sobre el Estado.1
Existe una relación directa entre lo batallado políticamente en los juicios de
lesa humanidad y la defensa de los mecanismos de prevención de la tortura:
ambos se basan en la premisa de que el Estado no puede controlarse a sí
mismo.6 La dependencia del Estado que se presenta hoy bajo un
manto de "racionalidad administrativa" es una forma de neutralizar
los avances logrados en materia de supervisión independiente.1
|
Período
Histórico |
Paradigma
de Control Judicial |
Relación
con el Ejecutivo |
Impacto
en los Derechos Humanos |
|
Pre-Dictadura
(Salta) |
Hegemonía
de élites tradicionales y redes familiares.31 |
Poder
Judicial como brazo de las familias dominantes.7 |
Exclusión
de sectores subalternos y control social punitivo.2 |
|
Dictadura
(1976-1983) |
Suspensión
de garantías y terrorismo de Estado.20 |
Subordinación
total a las Juntas Militares.20 |
Desapariciones,
torturas y supresión de la justicia civil.21 |
|
Neoliberalismo
(90s) |
Achicamiento
del Estado y desregulación.3 |
Mayoría
automática y delegación de facultades.33 |
Precarización
de derechos y debilitamiento de auditorías.37 |
|
Actualidad
(Propuesta Salta) |
Endogamia
y centralización local del tribunal evaluador.1 |
Intento
de cooptación bajo pretexto de austeridad.1 |
Riesgo
de impunidad y pérdida de independencia técnica.1 |
La resistencia a que el poder se vuelva "poroso"
es, en esencia, una resistencia a los valores de la justicia transicional.17
Un sistema de prevención de la tortura que funciona es un sistema que
permite que la sociedad civil y los organismos federales miren dentro de las
prisiones, que las declaraciones de las víctimas sean escuchadas y que las
recomendaciones sean vinculantes.4 Al intentar cerrar el círculo
de selección sobre actores locales, el Ejecutivo de Salta está intentando
restaurar una "justicia de familia" que es incompatible con el
paradigma de derechos humanos del siglo XXI.2
El Neoliberalismo y la Tradición Conservadora en la Justicia Salteña
La actitud del actual gobierno de Salta se sitúa en la
intersección de dos tradiciones de pensamiento: el conservadurismo de las
élites previas a la dictadura y el neoliberalismo tecnocrático.2 La
primera tradición, personificada en los grupos "minoristas" de la
década de 1970 —jueces y asesores de menores con una visión tutelar y
autoritaria—, concebía a la justicia como una herramienta para la preservación
del orden moral y social de las clases altas.2 Estos sectores
integraron luego las estructuras judiciales de la dictadura, aportando hombres
a la "Cámara del Terror" y legitimando la arbitrariedad estatal.2
La segunda tradición, el neoliberalismo, introdujo la lógica
del mercado en la administración de justicia.3 Bajo esta premisa,
los derechos no son garantías absolutas sino variables sujetas a la restricción
presupuestaria.3 El "achicamiento" del Estado en los años
noventa no solo significó la privatización de empresas públicas, sino también
el debilitamiento de los organismos de control interno y externo.36
La actual respuesta ministerial de Salta utiliza este lenguaje neoliberal de la
"racionalización" para encubrir un objetivo conservador: el control
social sin interferencias externas.1
Esta síntesis se manifiesta en una justicia que es
formalmente democrática pero sustancialmente dependiente del Ejecutivo.1
La endogamia que se pretende imponer en el CPPT es la misma que permitió que,
durante décadas, las familias tradicionales de Salta controlaran el Cabildo y
luego los tribunales provinciales mediante estrategias matrimoniales y
políticas que impedían la entrada de actores ajenos a su círculo de
pertenencia.7
Hacia una Justicia Porosa y un Poder Auditado
La pretensión del Gobierno de Salta de restringir el
Tribunal Evaluador del CPTS a actores locales no es un ajuste técnico, sino un
acto político de resistencia a la transparencia democrática.1
Representa la persistencia de una cultura política que ve en la mirada externa
una amenaza a su hegemonía, una tradición que se remonta a los regímenes
oligárquicos y se actualiza con el discurso neoliberal de la austeridad.3
La justicia argentina, marcada por las batallas de las
organizaciones de derechos humanos en la transición democrática, posee las
herramientas doctrinarias para impedir este retroceso.23 La
independencia del Comité de Prevención de la Tortura es la garantía de que el
poder del Estado no se detenga en la puerta de las prisiones, y que la dignidad
humana prevalezca sobre las conveniencias políticas de turno.5
En definitiva, defender la porosidad del poder es defender
la democracia misma. El ahorro de unos pocos pesos en traslados no puede valer
más que la integridad física de las personas privadas de libertad y la
transparencia de las instituciones encargadas de su protección.1 Y
el uso de zoom y plataformas digitales para los concursos está previsto por todas
las instituciones. La historia de la justicia transicional en Argentina nos
enseña que el secreto es el aliado de la tortura, y que solo un control independiente,
federal y plural puede asegurar el "Nunca Más".20
La Justicia Transicional en Argentina
En Argentina, la justicia transicional es el conjunto
de políticas, instituciones y procesos que el Estado desplegó para enfrentar
los crímenes del terrorismo de Estado, garantizando verdad, justicia, memoria,
reparación y no repetición desde 1983 en adelante.revistabordes.unpaz+2
Concepto general en clave argentina
- La
justicia transicional se entiende como un proceso de largo plazo que
combina mecanismos judiciales (juicios penales), mecanismos “de verdad”
(comisiones, archivos), políticas de memoria y programas de reparación
material y simbólica.conicet+1
- En
la experiencia argentina, muchos autores señalan que no se trata de
“etapas aisladas” sino de un proceso histórico continuo con avances,
retrocesos y reaperturas, donde la lucha de los organismos de derechos
humanos fue central.diagonalciep+2
Primer momento: CONADEP y Juicio a las Juntas
- Con
el retorno democrático, el gobierno de Raúl Alfonsín creó la CONADEP
mediante el Decreto 187/83 para investigar las desapariciones forzadas y
otros crímenes de la dictadura; su informe “Nunca Más” (1984) es un hito
de justicia transicional.historiapolitica+2
- En
1985 se realizó el Juicio a las Juntas Militares ante un tribunal civil,
que condenó a los principales responsables del régimen, constituyendo un
precedente mundial en el juzgamiento interno de violaciones masivas a los
derechos humanos.consejo.jusbaires+1
Retrocesos: leyes de impunidad e indultos
- A
mediados de los años ochenta y principios de los noventa se dictaron las
leyes de Punto Final y Obediencia Debida y, luego, los indultos
presidenciales, que clausuraron los juicios y consolidaron un período de
impunidad normativa.ddd.uab+1
- La
justicia transicional argentina se mantuvo viva en este período
principalmente a través de la acción de la sociedad civil, los juicios por
la verdad, la documentación, la construcción de memoria y los reclamos
ante instancias internacionales.revistabordes.unpaz+2
Reapertura y consolidación de los juicios
- A
partir de 2003–2005, con la nulidad de las leyes de impunidad por el
Congreso y la declaración de inconstitucionalidad por la Corte Suprema
(caso “Simón”), se reabrieron los procesos penales por delitos de lesa
humanidad.cerac.unlpam+1
- Desde
entonces, Argentina desarrolló un amplio ciclo de juicios orales que
abarcó centros clandestinos, apropiación de niños y responsabilidades
civiles y eclesiásticas, convirtiéndose en un paradigma internacional de
justicia transicional basada en el juzgamiento interno.dpn+1
Políticas de memoria, reparación y no repetición
- La
justicia transicional también incluye la creación de sitios y espacios de
memoria, la señalización de ex centros clandestinos, la preservación de
archivos y la producción de políticas educativas sobre el terrorismo de
Estado.conicet+1
- Se
suman las leyes reparatorias (como la 24.043 y otras ampliatorias),
pensadas para reconocer y reparar a víctimas de detención ilegal y otras
violaciones, articulando la dimensión económica con el reconocimiento
simbólico y político del daño.cerac.unlpam+1
Rasgos distintivos del caso argentino
- La
experiencia argentina se caracteriza por la centralidad del poder judicial
y de los juicios penales en el diseño de la justicia transicional, en
diálogo y tensión con el poder político.conti.derhuman.jus+1
- Otro
rasgo distintivo es el rol protagónico de los organismos de derechos
humanos y de las víctimas, que presionaron para impedir el cierre
definitivo del pasado y lograron transformar un modelo inicialmente
limitado en un proceso extendido de memoria, verdad y justicia.diagonalciep+2
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- El
federalismo no es excusa: las provincias argentinas y los derechos
sociales - Redalyc, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.redalyc.org/journal/3873/387361141026/html/
- COMPILACIÓN
TEMÁTICA DE SENTENCIAS DE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD SOBRE
INDEPENDENCIA JUDICIAL - Oacnudh Guatemala, fecha de acceso: enero 29,
2026, https://oacnudh.org.gt/wp-content/uploads/2022/03/Compilacion_de_sentencias_independencia_judicial.pdf
[1]
Orden (Gemini, Deep REserch): A
partir de los planteos y proposiciones en el texto que te adjunto, en el cual
te presento el problema, continúa indagando posibilidades judiciales para
argumentar eventualmente en una judicialización en torno a la independencia y
la vulneración de derechos. Conecta con las discusiones sobre la soberanía y la
degradación de la justicia bajo la dependencia del ejecutivo en la Argentina
actual. Y con la justicia transicional en la Argentina de los juicios de
desaparecidos de la dictadura militar. Evidencia y explica las relaciones entre
lo batallado políticamente desde las organizaciones de derechos humanos en esa
justicia transicional y lo que se presenta hoy, en profundidad, bajo el manto
de la dependencia del estado. Merita de qué se trata el planteo de reducción de
gastos del ejecutivo y cómo eso se correlaciona desde la justicia transicional
con una resistencia a ser auditados, a que el poder se vuelva poroso. Y coloca
esta actitud en una tradición de pensamiento de los regímenes políticos de
Salta previos a la dictadura y del neoliberalismo.
[2]
Ver aquí para conceptualizar la “Justicia
transicional”.

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