Resumen ejecutivo · Avance para organizaciones de derechos
humanos
Supervisión preventiva en el Departamento de Anta
Pizarro · Las Lajitas · Piquete Cabado — 28 de abril de
2026

Vista de la Comisaría en General Pizarro
Elaborado por Asociación Miguel Ragone
Dirigido al CPTS · Consejo Consultivo
Acompañó la visitaFernando Pequeño Ragone, presidente
MarcoLey 8024 · OPCAT · Habeas Corpus Colectivo
Este documento sintetiza los hallazgos del informe técnico
elaborado a partir de las tres visitas de supervisión preventiva a las que
asistió el presidente de la Asociación Miguel Ragone en representación de las
organizaciones de derechos humanos en el Consejo Consultivo del Comité para la
Prevención de la Tortura (CCCPTS). Lo que sigue es un adelanto destinado a las
organizaciones de la sociedad civil para abrir el debate sobre estrategias
conjuntas.
01 La tesis central: desplazar el escrutinio
Las visitas constatan condiciones de encierro que violan
sistemáticamente los estándares del Habeas Corpus Colectivo interpuesto por el
CPTS. Pero el informe propone un desplazamiento analítico: el foco no debe
agotarse en el agente policial que improvisa la gestión del encierro sin
recursos ni formación. Debe posarse sobre los actores con mayor capacidad real
de cambio. En el largo plazo, el Poder Ejecutivo. De manera urgente e
inmediata: el Ministerio Público de la Defensa.
Urgencia diferenciada
Modernizar la infraestructura penitenciaria requiere
presupuesto, obras y tiempo. Que un defensor visite a su representado, tramite
su cómputo de pena o solicite una domiciliaria no requiere nada de eso. Puede
ocurrir hoy. La omisión del MPD no es una carencia de recursos: es una falla de
cumplimiento.
02 Lo que encontramos: tres dependencias, un sistema
En los tres puntos visitados se constató el mismo patrón
estructural: abandono estatal de las obligaciones básicas, custodia policial
sin recursos ni formación, y ausencia de defensa técnica efectiva.
- Pizarro. Cloacas
colapsadas. Personal policial que cocina con dinero propio. Detenidos de
otras localidades sin familia que pueda acercarles comida. Privacidad de
las entrevistas denegada por el suboficial de guardia.
- Las
Lajitas. Brote de gripe sin atención adecuada. Dos detenidos con
condena cumplida o por cumplir que no conocen su fecha de libertad. Un
defensor oficial al que ninguno de los entrevistados ha visto más de una
vez.
- Piquete
Cabado. Encierro de 24 horas sin luz natural, sin patio, sin
mobiliario. Un detenido con casi dos años en una dependencia de tránsito.
Denuncia creíble de tortura física en el momento de la aprehensión.
![]() |
| Frente de comisaría en Piquete Cabado |
03 Las voces de los detenidos
El informe jerarquiza los testimonios de las personas
privadas de libertad como evidencia primaria. Sus palabras no son anécdotas:
son el registro de lo que el sistema hace con los cuerpos y las identidades de
los más vulnerables.
"Me ahorcaban con el pelo y no me dejaban respirar.
Me ponían la cabeza en una esquina y me tironeaban de tal forma que no podía
respirar."
— L., Piquete Cabado. Dedo fracturado sin
diagnóstico radiológico. Defensor oficial: sin contacto.
"Solo lo vi una vez, cuando me dieron los papeles de
la condena. Estoy pidiendo el cómputo de pena y no pasa nada."
— J., Las Lajitas. Estima que le resta
un mes de condena. No sabe cuándo sale.
"Parece que nos estaban esperando. Los policías
miraban y algunos pateaban también."
— H. Golpiza en Apolinario Saravia la noche
de su detención. Revisión médica con presencia policial constante.
La privación de información sobre la propia causa, la
ausencia de horizonte temporal y la indefensión técnica no son solo violaciones
procesales. Son formas de deterioro identitario que contradicen el mandato
constitucional de resocialización. El encierro en comisarías no resocializa:
daña.
04 El Defensor oficial: la inacción como sistema
Todos los detenidos entrevistados en Las Lajitas comparten
el mismo defensor oficial. Ninguno ha tenido contacto regular con él. Ninguno
tiene gestionado su cómputo de pena. La domiciliaria de Camacho —prometida,
urgente por su lesión de pierna— no se ha tramitado. La paradoja es brutal: el
Ministerio Público de la Defensa existe exactamente para proteger a quienes no
pueden pagarse un abogado. En el Departamento de Anta, actúa como si esas
personas no existieran.
Contexto estructural
En territorios con marcada concentración económica y
distancia de los centros de poder, la ausencia de la defensa pública no es una
anomalía: es una regularidad. La lejanía normaliza el abandono. Sin supervisión
institucional ni rendición de cuentas, el defensor que no viaja no tiene
consecuencias. El informe señala esto como una expresión del poder oligárquico
en el sistema de justicia.
05 Una tensión que el CPTS debe nombrar
El informe valora también, con dos lecturas simultáneas, el
encuentro entre Fernando Pequeño Ragone y la subcomisaria Verónica Brito en Las
Lajitas. El vínculo previo —ella asistió a talleres de masculinidad que él
impartió en el Ministerio de Seguridad— facilitó un acceso excepcionalmente
cooperativo. Pero ese mismo capital relacional plantea una pregunta que el CPTS
debe poder sostener: ¿el acceso se obtuvo a costo de la distancia crítica? La
formación en derechos humanos dentro de las fuerzas produce efectos concretos y
medibles. Y al mismo tiempo, la supervisión independiente requiere protocolos
que blindan el escrutinio del afecto institucional.
06 Lo que le pedimos al CPTS — y lo que les proponemos
debatir
- Interpelar
al MPD de manera urgente como destinatario explícito del Habeas
Corpus: requerir informe sobre representación en Anta, frecuencia de
contacto y recursos interpuestos.
- Elevar
los testimonios de Sanel, Hernández, Rodríguez y Camacho a la Corte
de Justicia como nuevos elementos probatorios.
- Habilitar
investigación penal de los hechos de violencia denunciados en Pizarro
y Piquete Cabado.
- Exigir
instrucción a las dependencias sobre privacidad en las entrevistas
del CPTS, como condición del OPCAT.
- Incorporar
el daño subjetivo como dimensión explícita del monitoreo: documentar
no solo las vulneraciones físicas y procesales, sino su impacto sobre la
identidad y la agencia de los detenidos.
Consejo Consultivo — CPTS · Salta, mayo de 2026
Habeas Corpus Colectivo OPCAT Ley 8024
