viernes, 30 de enero de 2026

Por un CPTS independiente. La regresión institucional y la erosión del control preventivo: Análisis jurídico-político de la necesidad de independencia del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura en Salta

Por Fernando Pequeño Ragone,
Construido con Gemini Deep Reserch, ene 2026 [1]

 

Un sistema de prevención de la tortura que funciona es un sistema que permite que la sociedad civil y los organismos federales miren dentro de las prisiones, que las declaraciones de las víctimas sean escuchadas y que las recomendaciones sean vinculantes.

 



Resumen del texto, en video

 

La configuración de un Estado de Derecho robusto exige no solo la división formal de poderes, sino la existencia de mecanismos de control extra-poder que funcionen con una autonomía real y una independencia operativa frente a los designios del Poder Ejecutivo. En la Provincia de Salta, la reciente respuesta del Ministerio de Gobierno y Justicia, fechada el 23 de enero de 2026, respecto a la modificación de los concursos para el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura (CPPT), abre un debate profundo sobre la degradación de la justicia y la vulneración de derechos fundamentales.1 Este fenómeno no puede ser analizado de forma aislada; representa la cristalización de una tradición de pensamiento que busca la subordinación de los órganos de control bajo el pretexto de la eficiencia administrativa, enraizada tanto en las estructuras de poder conservadoras de Salta previas a la dictadura militar como en las lógicas de desmantelamiento estatal del neoliberalismo de los años noventa.1

La propuesta de modificar la conformación del Tribunal Evaluador, restringiéndolo a miembros con residencia exclusiva en la provincia bajo el argumento de una supuesta "reducción de costos", constituye una amenaza directa a la neutralidad y a la mirada externa que el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) exige para estos organismos.1 A continuación, se desarrolla un análisis exhaustivo que vincula esta problemática con la justicia transicional, la soberanía nacional y la resistencia estructural a la porosidad del poder.

El Comité de Prevención de la Tortura y el Riesgo de la Endogamia Institucional

La Ley Provincial 8024, que establece el Sistema Provincial de Prevención de la Tortura, fue diseñada siguiendo los lineamientos de la Ley Nacional 26.827 y los estándares internacionales.1 Su esencia radica en la creación de un mecanismo independiente que pueda monitorear lugares de detención, comisarías y servicios penitenciarios sin recibir instrucciones de ninguna autoridad pública.5 Sin embargo, la pretensión del Ejecutivo salteño de eliminar la participación de evaluadores externos (como miembros del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura - CNPT) para reemplazarlos por actores locales insertos en el mismo entramado judicial y político que deben supervisar, genera lo que la doctrina denomina "endogamia institucional".1

Esta endogamia anula el "mirador externo", una garantía esencial para que los candidatos a comisionados sean evaluados sin los condicionamientos de la política doméstica. Cuando el controlador es designado por el mismo estamento hegemónico que debe auditar, se produce una degradación institucional donde el sistema de prevención se vacía de contenido.1 La neutralidad de los jueces -y por extensión a personalidades y/profesionales destacados locales que pudieran ser designados a este fin por el Poder ejecutivo- en Salta ha sido históricamente cuestionada debido a sus vínculos con las estructuras de poder tradicionales, muchas de las cuales han estado ligadas a procesos de encubrimiento de violencia institucional.1

 

Marco Normativo

Principio Fundamental

Vulneración Identificada en la Propuesta de Salta

Ley Nacional 26.827

Independencia funcional y participación efectiva de la sociedad civil (Art. 32).4

Exclusión de controles federales y subordinación a mayorías simples locales.1

Ley Provincial 8024

Autonomía técnica y ausencia de instrucciones de poderes públicos.1

Designación de perfiles complacientes mediante un tribunal endogámico.1

Protocolo Facultativo (OPCAT)

Independencia operativa y recursos adecuados para visitas periódicas (Art. 18).5

Argumento de "costos" para degradar la calidad del monitoreo preventivo.1

Jurisprudencia CSJN

Supremacía de tratados de derechos humanos sobre normas locales.11

Invocación de soberanía provincial para incumplir compromisos internacionales.1

 

La vulneración de la Ley 26.827 es especialmente grave, ya que su artículo 32 obliga a las provincias a respetar los criterios de independencia y autonomía del sistema nacional.4 Al homogeneizar hacia abajo los estándares de selección, Salta no solo infringe una ley nacional, sino que compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino ante el Subcomité para la Prevención de la Tortura de la ONU.5

El Pretexto de la Austeridad como Estrategia de Opacidad

El argumento del Ejecutivo provincial sobre la "reducción de gastos" para justificar el desmantelamiento de un tribunal plural debe ser merituado como una estrategia de resistencia a la transparencia.1 En la tradición de los regímenes autoritarios y en la praxis neoliberal, el "achicamiento" del Estado rara vez se dirige a las áreas de discrecionalidad política, sino que se focaliza en los organismos de control y monitoreo.15 La intención subyacente es evitar que el poder se vuelva "poroso", es decir, que sea permeable a la observación de actores independientes y a la rendición de cuentas (accountability).17

La paradoja del planteo oficial queda en evidencia ante la existencia de herramientas tecnológicas. El uso de plataformas como Zoom, plenamente legitimado en la jurisprudencia argentina (Acordada 20/2021 de la CSJN), permite la participación de evaluadores del CNPT o de otras provincias sin incurrir en gastos de traslado o logística.1 Si el ahorro fuera la preocupación genuina, el Estado promovería concursos virtuales en lugar de restringir la integración del tribunal a residentes locales.1 Esta negativa a utilizar medios digitales para mantener la pluralidad revela que el objetivo real es la cooptación política del Comité de Prevención de la Tortura.1

Desde la perspectiva de la justicia transicional, esta resistencia a ser auditado se conecta con las lógicas de impunidad de la dictadura militar, donde la opacidad de los centros de detención era la condición necesaria para la violación sistemática de derechos.20 El control externo es el "parche" democrático que asegura que las instituciones de encierro no vuelvan a convertirse en zonas de no-derecho.22 Reducir la calidad del proceso de selección por "costos" es, en la práctica, un debilitamiento de las capacidades de monitoreo que está prohibido por el principio de no regresividad de los derechos humanos.24

Soberanía Provincial y Degradación de la Justicia en la Argentina Actual

La discusión sobre la soberanía provincial en Salta se ha utilizado frecuentemente como un escudo para evitar la aplicación de estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.11 Sin embargo, la soberanía dentro de un sistema federal no implica una autarquía que permita al Ejecutivo provincial degradar la independencia del Poder Judicial o de los organismos extra-poder.27 En la Argentina actual, observamos una tendencia preocupante hacia la dependencia del sistema de justicia respecto de los gobernadores, manifestada en la manipulación de los consejos de la magistratura y, en este caso, de los tribunales evaluadores de derechos humanos.1

La degradación de la justicia se profundiza cuando los magistrados locales, a menudo vinculados a las mismas élites tradicionales que ostentan el poder político, actúan como barreras frente a las denuncias de violencia institucional.1 Este fenómeno no es nuevo; se inscribe en una tradición de pensamiento de los regímenes políticos de Salta previos a 1976, donde el control judicial era una extensión de las redes familiares y de patronazgo de las clases dominantes.8 La actual pretensión de "localizar" el tribunal evaluador es una reedición de ese aislamiento conservador que busca proteger al sistema hegemónico de miradas federales o internacionales que no pueden ser cooptadas por la dinámica doméstica.1

Justicia Transicional: El Legado de la Lucha por la Independencia

Para argumentar una eventual judicialización, es fundamental conectar este problema con la justicia transicional [2] en Argentina. Los juicios a los responsables de la dictadura militar no solo buscaron la condena de individuos, sino la reconstrucción de un sistema de justicia que fuera capaz de limitar al poder político.23 La lucha de las organizaciones de derechos humanos durante la transición fue, en gran medida, una batalla por la transparencia y contra el secreto estatal.23

Las organizaciones que hoy resisten la reforma en Salta —como la Asociación Miguel Ragone, así como Familiares de detenidos desaparecidos por razones gremiales y políticas y la Liga por los Derechos Humanos— heredan esa tradición de vigilancia sobre el Estado.1 Existe una relación directa entre lo batallado políticamente en los juicios de lesa humanidad y la defensa de los mecanismos de prevención de la tortura: ambos se basan en la premisa de que el Estado no puede controlarse a sí mismo.6 La dependencia del Estado que se presenta hoy bajo un manto de "racionalidad administrativa" es una forma de neutralizar los avances logrados en materia de supervisión independiente.1

 

Período Histórico

Paradigma de Control Judicial

Relación con el Ejecutivo

Impacto en los Derechos Humanos

Pre-Dictadura (Salta)

Hegemonía de élites tradicionales y redes familiares.31

Poder Judicial como brazo de las familias dominantes.7

Exclusión de sectores subalternos y control social punitivo.2

Dictadura (1976-1983)

Suspensión de garantías y terrorismo de Estado.20

Subordinación total a las Juntas Militares.20

Desapariciones, torturas y supresión de la justicia civil.21

Neoliberalismo (90s)

Achicamiento del Estado y desregulación.3

Mayoría automática y delegación de facultades.33

Precarización de derechos y debilitamiento de auditorías.37

Actualidad (Propuesta Salta)

Endogamia y centralización local del tribunal evaluador.1

Intento de cooptación bajo pretexto de austeridad.1

Riesgo de impunidad y pérdida de independencia técnica.1

 

La resistencia a que el poder se vuelva "poroso" es, en esencia, una resistencia a los valores de la justicia transicional.17 Un sistema de prevención de la tortura que funciona es un sistema que permite que la sociedad civil y los organismos federales miren dentro de las prisiones, que las declaraciones de las víctimas sean escuchadas y que las recomendaciones sean vinculantes.4 Al intentar cerrar el círculo de selección sobre actores locales, el Ejecutivo de Salta está intentando restaurar una "justicia de familia" que es incompatible con el paradigma de derechos humanos del siglo XXI.2

El Neoliberalismo y la Tradición Conservadora en la Justicia Salteña

La actitud del actual gobierno de Salta se sitúa en la intersección de dos tradiciones de pensamiento: el conservadurismo de las élites previas a la dictadura y el neoliberalismo tecnocrático.2 La primera tradición, personificada en los grupos "minoristas" de la década de 1970 —jueces y asesores de menores con una visión tutelar y autoritaria—, concebía a la justicia como una herramienta para la preservación del orden moral y social de las clases altas.2 Estos sectores integraron luego las estructuras judiciales de la dictadura, aportando hombres a la "Cámara del Terror" y legitimando la arbitrariedad estatal.2

La segunda tradición, el neoliberalismo, introdujo la lógica del mercado en la administración de justicia.3 Bajo esta premisa, los derechos no son garantías absolutas sino variables sujetas a la restricción presupuestaria.3 El "achicamiento" del Estado en los años noventa no solo significó la privatización de empresas públicas, sino también el debilitamiento de los organismos de control interno y externo.36 La actual respuesta ministerial de Salta utiliza este lenguaje neoliberal de la "racionalización" para encubrir un objetivo conservador: el control social sin interferencias externas.1

Esta síntesis se manifiesta en una justicia que es formalmente democrática pero sustancialmente dependiente del Ejecutivo.1 La endogamia que se pretende imponer en el CPPT es la misma que permitió que, durante décadas, las familias tradicionales de Salta controlaran el Cabildo y luego los tribunales provinciales mediante estrategias matrimoniales y políticas que impedían la entrada de actores ajenos a su círculo de pertenencia.7

Hacia una Justicia Porosa y un Poder Auditado

La pretensión del Gobierno de Salta de restringir el Tribunal Evaluador del CPTS a actores locales no es un ajuste técnico, sino un acto político de resistencia a la transparencia democrática.1 Representa la persistencia de una cultura política que ve en la mirada externa una amenaza a su hegemonía, una tradición que se remonta a los regímenes oligárquicos y se actualiza con el discurso neoliberal de la austeridad.3

La justicia argentina, marcada por las batallas de las organizaciones de derechos humanos en la transición democrática, posee las herramientas doctrinarias para impedir este retroceso.23 La independencia del Comité de Prevención de la Tortura es la garantía de que el poder del Estado no se detenga en la puerta de las prisiones, y que la dignidad humana prevalezca sobre las conveniencias políticas de turno.5

En definitiva, defender la porosidad del poder es defender la democracia misma. El ahorro de unos pocos pesos en traslados no puede valer más que la integridad física de las personas privadas de libertad y la transparencia de las instituciones encargadas de su protección.1 Y el uso de zoom y plataformas digitales para los concursos está previsto por todas las instituciones. La historia de la justicia transicional en Argentina nos enseña que el secreto es el aliado de la tortura, y que solo un control independiente, federal y plural puede asegurar el "Nunca Más".20

 

La Justicia Transicional en Argentina

En Argentina, la justicia transicional es el conjunto de políticas, instituciones y procesos que el Estado desplegó para enfrentar los crímenes del terrorismo de Estado, garantizando verdad, justicia, memoria, reparación y no repetición desde 1983 en adelante.revistabordes.unpaz+2

Concepto general en clave argentina

  • La justicia transicional se entiende como un proceso de largo plazo que combina mecanismos judiciales (juicios penales), mecanismos “de verdad” (comisiones, archivos), políticas de memoria y programas de reparación material y simbólica.conicet+1
  • En la experiencia argentina, muchos autores señalan que no se trata de “etapas aisladas” sino de un proceso histórico continuo con avances, retrocesos y reaperturas, donde la lucha de los organismos de derechos humanos fue central.diagonalciep+2

Primer momento: CONADEP y Juicio a las Juntas

  • Con el retorno democrático, el gobierno de Raúl Alfonsín creó la CONADEP mediante el Decreto 187/83 para investigar las desapariciones forzadas y otros crímenes de la dictadura; su informe “Nunca Más” (1984) es un hito de justicia transicional.historiapolitica+2
  • En 1985 se realizó el Juicio a las Juntas Militares ante un tribunal civil, que condenó a los principales responsables del régimen, constituyendo un precedente mundial en el juzgamiento interno de violaciones masivas a los derechos humanos.consejo.jusbaires+1

Retrocesos: leyes de impunidad e indultos

  • A mediados de los años ochenta y principios de los noventa se dictaron las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y, luego, los indultos presidenciales, que clausuraron los juicios y consolidaron un período de impunidad normativa.ddd.uab+1
  • La justicia transicional argentina se mantuvo viva en este período principalmente a través de la acción de la sociedad civil, los juicios por la verdad, la documentación, la construcción de memoria y los reclamos ante instancias internacionales.revistabordes.unpaz+2

Reapertura y consolidación de los juicios

  • A partir de 2003–2005, con la nulidad de las leyes de impunidad por el Congreso y la declaración de inconstitucionalidad por la Corte Suprema (caso “Simón”), se reabrieron los procesos penales por delitos de lesa humanidad.cerac.unlpam+1
  • Desde entonces, Argentina desarrolló un amplio ciclo de juicios orales que abarcó centros clandestinos, apropiación de niños y responsabilidades civiles y eclesiásticas, convirtiéndose en un paradigma internacional de justicia transicional basada en el juzgamiento interno.dpn+1

Políticas de memoria, reparación y no repetición

  • La justicia transicional también incluye la creación de sitios y espacios de memoria, la señalización de ex centros clandestinos, la preservación de archivos y la producción de políticas educativas sobre el terrorismo de Estado.conicet+1
  • Se suman las leyes reparatorias (como la 24.043 y otras ampliatorias), pensadas para reconocer y reparar a víctimas de detención ilegal y otras violaciones, articulando la dimensión económica con el reconocimiento simbólico y político del daño.cerac.unlpam+1

Rasgos distintivos del caso argentino

  • La experiencia argentina se caracteriza por la centralidad del poder judicial y de los juicios penales en el diseño de la justicia transicional, en diálogo y tensión con el poder político.conti.derhuman.jus+1
  • Otro rasgo distintivo es el rol protagónico de los organismos de derechos humanos y de las víctimas, que presionaron para impedir el cierre definitivo del pasado y lograron transformar un modelo inicialmente limitado en un proceso extendido de memoria, verdad y justicia.diagonalciep+2

 

 

Obras citadas

  1. 2026-01-29 Analisis situaicón concursos CPTS sobre respuesta min gobierno.docx
  2. Políticas públicas, tradiciones políticas y sociabilidades entre 1960 y ..., fecha de acceso: enero 29, 2026, https://biblioteca.clacso.edu.ar/clacso/otros/20210719105459/Politicas-publicas-tradiciones.pdf
  3. Reformas Neoliberales de Argentina en los años 90: “Privatización de Aerolíneas Argentinas”, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://repositorio.21.edu.ar/bitstreams/0a322b5a-c82b-4dcf-94ce-96fd1d97c948/download
  4. Información institucional - Procuración Penitenciaria de la Nación, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://ppn.gov.ar/index.php/institucional/informacion-institucional
  5. Guía para la creación y funcionamiento de Mecanismos de Prevención de la tortura en la Argentina | CELS, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.cels.org.ar/web/wp-content/uploads/2021/01/Gu%C3%ADa-para-la-creaci%C3%B3n-y-funcionamiento-de-Mecanismos-de-Prevenci%C3%B3n-de-la-tortura-en-la-Argentina-1.pdf
  6. Observaciones Finales del Comité contra la Tortura sobre el quinto y sexto informe conjunto periódico de Argentina, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.senado.gob.ar/bundles/senadomicrositios/pdf/observatorio/informe_comitecontratortura.pdf
  7. Tío Vallejo, Gabriela. “La buena administración de justicia y la autonomía del Cabildo. Tucumán, 1770-1820”. - historiapolitica.com, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://historiapolitica.com/datos/biblioteca/justicia%20menor_tio%20vallejo.pdf
  8. Años Sesenta: Política y sistema de partidos en la provincia de Salta - Acta Académica, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://cdsa.aacademica.org/000-010/706.pdf
  9. Cuestiones atinentes a la tortura desde la óptica del Sistema ..., fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2015/11/doctrina42361.pdf
  10. LA COLISIÓN DE PRINCIPIOS EN LA INTERPRETACIÓN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA. ESTUDIO DE JURISPRUDENCIA. NUBIA ANGÉLI - Repositorio Institucional, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://repositorio.unal.edu.co/bitstreams/b48e58b9-b719-419b-a03c-1f30c40431ce/download
  11. Dictámenes PGN - Ministerio Público Fiscal, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.mpf.gob.ar/docs/RepositorioB/Ebooks/DictamenesPGN_1998.epub
  12. El impacto de los órganos internacionales de derechos humanos - Universidad de Palermo, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.palermo.edu/derecho/pdf/publicaciones/Paper-Rossi-Filippini.pdf
  13. RBCOMB - Organization of American States, fecha de acceso: enero 29, 2026, http://www.oas.org/es/sla/cji/docs/Informes_Recomendaciones_1960-1961.pdf
  14. Documentación Administrativa 10. Portada - revistas del INAP, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://revistasonline.inap.es/index.php/DA/issue/download/739/102
  15. De la articulación Estado-sociedad civil en Argentina ¿Hacia un nuevo contrato social? - Dialnet, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5238033.pdf
  16. La transparencia en la Administración Pública - IEF, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.ief.es/docs/destacados/publicaciones/revistas/rfi/01.pdf
  17. Cultura Politica y Democracia en Argentina - SEDICI, fecha de acceso: enero 29, 2026, http://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/68415/Documento_completo.pdf-PDFA.pdf?sequence=1&isAllowed=y
  18. El control del sector público: la Auditoría General de la Nación Liliana Carmen González de Rebella, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://cdi.mecon.gob.ar/bases/docelec/clad/cong6/8nov/86/gonzalil.pdf
  19. ANÁLISIS DE LA INICIATIVA DE REFORMA AL PODER JUDICIAL EN MÉXICO - Suprema Corte de Justicia de la Nación, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.sitios.scjn.gob.mx/cec/sites/default/files/page/files/2024-06/Ana%CC%81lisis%20de%20la%20iniciativa%20de%20reforma.%20Problemas%20asociados_final.pdf
  20. Proceso de Reorganización Nacional - Wikipedia, la enciclopedia libre, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://es.wikipedia.org/wiki/Proceso_de_Reorganizaci%C3%B3n_Nacional
  21. Ver la historia: 1976-1983. Dictadura militar - Canal Encuentro - YouTube, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=curDr8ezXM4
  22. La prevención del delito más allá del sistema penal. Técnicas y estrategias de prevención social del delito en los barrios - ridaa-unq, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://ridaa.unq.edu.ar/bitstream/handle/20.500.11807/4039/TFI_2023_garciarena_014.pdf?sequence=1&isAllowed=y
  23. El proceso de justicia transicional en Argentina - ddd-UAB, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://ddd.uab.cat/pub/tfg/2018/194296/TFG_lmompradevazquez.pdf
  24. Los Derechos Sociales en Tiempos de Crisis: Su Progresividad y Su Exigibilidad como Retos del Estado Constitucional | Revista Internacional Consinter de Direito, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://revistaconsinter.com/index.php/ojs/article/view/359/698
  25. Ni un paso atrás - La prohibición de regresividad en materia de derechos sociales, fecha de acceso: enero 29, 2026, http://www.derechoshumanos.unlp.edu.ar/assets/files/documentos/ni-un-paso-atras-la-prohibicion-de-regresividad-en-materia-de-derechos-sociales.pdf
  26. Dictámenes de la Procuración General de la Nación - Ministerio Público Fiscal, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.mpf.gob.ar/docs/RepositorioB/Ebooks/Dict%C3%A1menesPGN_1993.epub
  27. Derecho Público - SAIJ, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.saij.gob.ar/docs-f/ediciones/revistas/Publico_8_completo_digital.pdf
  28. Tesis Rey Vazquez-2015.PMD - ACADERC, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.acaderc.org.ar/wp-content/blogs.dir/55/files/sites/55/2019/12/TesisReyVazquez.pdf
  29. LA INDEPENDENCIA JUDICIAL FRENTE A LOS OTROS PODERES PÚBLICOS - ohchr, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.ohchr.org/sites/default/files/documents/issues/ijudiciary/cfis/contemporary-challenges-democracy/subm-sr-independence-judges-ind-santiago-pereira-input-2.pdf
  30. Acceso a la información y transparencia en la justicia - CIPPEC, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.cippec.org/wp-content/uploads/2017/03/1942.pdf
  31. FAMILIAS Y RELACIONES DE PODER Carlos Vicente Soto Dávila1 Edgardo Darío López Villagra2 El control de los organismos de pode - Revistas UNNE, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://revistas.unne.edu.ar/index.php/rfd/article/view/5452/5129
  32. Tradiciones en pugna - Centro Cultural de la Memoria Haroldo Conti, fecha de acceso: enero 29, 2026, http://conti.derhuman.jus.gov.ar/2020/10/b/20-tradiciones-en-pugna.pdf
  33. Episode 13: From Neoliberal Hegemony to UNASUR (1990-2006) - See The History, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=Ll_CrG7wCuo
  34. “Antes y ahora: la lucha es una sola”. Apuntes sobre activismos de mujeres y feministas en la resistencia al neoliberalismo en la Argentina - Repositorio Institucional CONICET Digital, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://ri.conicet.gov.ar/bitstream/handle/11336/150114/CONICET_Digital_Nro.72e0b919-8c36-457e-a1b2-3461da43a8f7_A.pdf?sequence=2&isAllowed=y
  35. Provincia de Salta - Wikipedia, la enciclopedia libre, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://es.wikipedia.org/wiki/Provincia_de_Salta
  36. Implementación de Políticas Neoliberales: Los casos de Argentina y Chile, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://cdi.mecon.gob.ar/bases/docelec/fd1226.pdf
  37. respuestas y propuestas frente a la ofensiva neoliberal TRABAJADORES ARGENTINOS, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.scielo.br/j/ccrh/a/vzZzQn9vV3bYy3wBVGYVgZg/
  38. Las relaciones de poder durante el menemismo: Las transformaciones en la reformulación del poder, en la Argentina de los noventa - SciELO México, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1665-05652008000200003
  39. Perspectivasde Políticas Públicas - Portal de revistas científicas de la UNLa "Arturo Peña Lillo", fecha de acceso: enero 29, 2026, https://revistas.unla.edu.ar/perspectivas/issue/download/135/RPPP15
  40. Medios de comunicación social y personas con discapacidad, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://perio.unlp.edu.ar/sistemas/biblioteca/files/Rojo_Vivot_Alejandro_-_Medios_de_comunicacion_y_personas_con_discapacidad.pdf
  41. Cap 9 - EL NEOLIBERALISMO (1989-1999) - Suteba, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.suteba.org.ar/download/suteba-presento-el-libro-clase-trabajadora-nuestra-historia-64193.pdf
  42. VOLUMEN 27 - ACADERC, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.acaderc.org.ar/wp-content/blogs.dir/55/files/sites/55/2024/12/Vol.-27-Estudios-de-Dcho.-Empresario.pdf
  43. Ser o parecer...tribulaciones y peripecias de un frente de parentesco portugués en el Tucumán del siglo XVII - Redalyc, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.redalyc.org/journal/3794/379458207001/html/
  44. LAS ESTRATEGIAS MATRIMONIALES DE LA ELITE ECONÓMICA CHILENA - Repositorio Académico - Universidad de Chile, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/106249/cs-huneeus_s.pdf?sequence=3
  45. LA INDEPENDENCIA JUDICIAL, COMO CONDICIÓN NECESARIA PARA GARANTIZAR DERECHOS HUMANOS - Dialnet, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/9493257.pdf
  46. El principio de no regresividad en el derecho a la seguridad social - Repositorio UASB, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://repositorio.uasb.edu.ec/bitstream/10644/6185/1/T2614-MDC-Cardenas-El%20principio.pdf
  47. Las funciones y el objeto del control externo - ddd-UAB, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://ddd.uab.cat/pub/tesis/2002/tdx-1118102-184233/fvv2de3.pdf
  48. El federalismo no es excusa: las provincias argentinas y los derechos sociales - Redalyc, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://www.redalyc.org/journal/3873/387361141026/html/
  49. COMPILACIÓN TEMÁTICA DE SENTENCIAS DE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD SOBRE INDEPENDENCIA JUDICIAL - Oacnudh Guatemala, fecha de acceso: enero 29, 2026, https://oacnudh.org.gt/wp-content/uploads/2022/03/Compilacion_de_sentencias_independencia_judicial.pdf

 



[1] Orden (Gemini, Deep REserch): A partir de los planteos y proposiciones en el texto que te adjunto, en el cual te presento el problema, continúa indagando posibilidades judiciales para argumentar eventualmente en una judicialización en torno a la independencia y la vulneración de derechos. Conecta con las discusiones sobre la soberanía y la degradación de la justicia bajo la dependencia del ejecutivo en la Argentina actual. Y con la justicia transicional en la Argentina de los juicios de desaparecidos de la dictadura militar. Evidencia y explica las relaciones entre lo batallado políticamente desde las organizaciones de derechos humanos en esa justicia transicional y lo que se presenta hoy, en profundidad, bajo el manto de la dependencia del estado. Merita de qué se trata el planteo de reducción de gastos del ejecutivo y cómo eso se correlaciona desde la justicia transicional con una resistencia a ser auditados, a que el poder se vuelva poroso. Y coloca esta actitud en una tradición de pensamiento de los regímenes políticos de Salta previos a la dictadura y del neoliberalismo.

[2] Ver aquí para conceptualizar la “Justicia transicional”.

martes, 30 de diciembre de 2025

Entre el alto comisionado y el familiar independiente: quién se queda con la voz sobre la tortura en Salta

En medio de un tenso enfrentamiento público, un alto comisionado del Comité contra la Tortura de Salta choca con el presidente de organizaciones de derechos humanos por el manejo de un caso fatal en custodia, revelando una fractura profunda: ¿quién ostenta la verdadera voz de las víctimas, el funcionario institucional o el militante de calle con años de lucha? Este conflicto expone las tensiones entre legitimidad política ganada en marchas y la lógica burocrática estatal, en un momento donde la violencia policial arrecia en la provincia.


La escena del conflicto entre un funcionario del Comité para la Prevención de la Tortura de Salta y un presidente de organizaciones de derechos humanos de Salta a raíz de una diferencia de visiones sobre el manejo de la información y la urgencia de la intervención en un caso de muerte en custodia; funciona como un espejo incómodo para el campo de los derechos humanos en Salta. No se trata solo de un desencuentro personal, sino de una disputa profunda sobre quién está autorizado a hablar en nombre de las víctimas de la violencia institucional y cómo se entiende hoy la función del Comité para la Prevención de la Tortura (CPTS), en un contexto donde la violencia policial se intensifica y la ciudadanía sufre procesos de desterritorialización y desafiliación.

Un órgano nacido de la lucha, no de la buena voluntad

El CPTS no es un invento benigno de la imaginación estatal, sino el resultado directo de décadas de lucha de organismos, familiares y militancias que lograron inscribir la prevención de la tortura como una obligación internacional del Estado. Su existencia se enlaza con tratados y mecanismos internacionales que exigen la creación de órganos independientes para monitorear la violencia política del propio Estado, especialmente en cárceles, comisarías y otros dispositivos de encierro.

Esa estructura institucional, que hoy parece naturalizada, tiene una genealogía política muy concreta: marchas, denuncias, presentaciones judiciales, informes, escraches, trabajo de memoria y acompañamiento cotidiano a víctimas y familiares. Cuando se afirma que algunos integrantes del CPTS “representan a los organismos”, lo que se señala es que hay una legitimidad de origen que no proviene del decreto o de la ley, sino de esa trayectoria de luchas que obligó al Estado a crearse a sí mismo como garante donde antes fue agresor.

 

La integración del Comité y la fractura del campo

En el episodio del conflicto a raíz del tratamiento de un caso de muerte en custodia, se expresa un joven abogado que encarna al funcionario que habita el Comité desde la lógica de la institucionalidad: habla de seriedad, reserva, tiempos fiscales, prudencia en la difusión de información, necesidad de “no entorpecer” causas. Y se expresa el presidente de una organización civil que, en cambio, se ubica en el lugar de los familiares y las organizaciones, recordando que la legitimidad no emana del cargo sino de la trayectoria política y del compromiso con el dolor de las víctimas.

Cuando el miembro de la organización civil le dice al abogado funcionario que su posición en el Comité es una “concesión política” de los organismos, pone el dedo en una herida: el campo de los derechos humanos está hoy fracturado por jerarquías internas que determinan qué acciones son posibles para quienes ocupan cargos y cuáles quedan reservadas a quienes se mantienen en la calle. Esa fractura se agrava cuando quienes integran el Comité olvidan que son, en términos políticos, representantes delegados de un campo de lucha previo y más amplio que la propia institución

 

La Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados y la representación derivada

En este escenario, la discusión sobre la designación del joven abogado que representa a la  Cámara de Senadores (y, por extensión, sobre los roles de la Cámara de Diputados) no puede leerse solo como un procedimiento administrativo. Formalmente, el Parlamento elige o ratifica integrantes del CPTS; pero esa facultad existe porque antes los organismos forzaron la creación del Comité a partir de estándares internacionales de derechos humanos.

Puede pensarse entonces una doble capa de representación:

  • Una representación originaria, encarnada en los organismos, familiares y movimientos que pusieron el tema de la tortura en la agenda pública y que empujaron la creación del CPTS.
  • Una representación derivada, encarnada en quienes la Cámara de Senadores y/o la Cámara de Diputados designan dentro de esa estructura, bajo reglas surgidas de la lucha y de los compromisos internacionales asumidos por el Estado.

 

La Cámara de Senadores o la de Diputados, no nombran en el vacío: nombran sobre una silla simbólicamente construida por años de militancia. La legitimidad jurídica del joven abogado proviene del acto parlamentario, pero el sentido político de su asiento deriva indirectamente de la delegación que los organismos hicieron cuando obligaron al Estado a crear el Comité. Desconocer esa derivación lleva a una mala interpretación de la función: se pasa de sentirse representante de un campo de luchas a comportarse como un “alto comisionado” cuya única obligación es con la liturgia institucional.

 

Violencia dóxica: cuando la prudencia se vuelve silenciamiento

La reserva institucional de la información en torno a la muerte en custodia del caso que interpela la organización civil, puede transformarse en una forma de “violencia dóxica” o simbólica. El abogado -y extensivamente todos los miembros del CPTS-, justifica su silencio administrativo apelando a la necesidad de no brindar información parcial, de evitar filtraciones, de proteger la causa; todo ello en nombre de la seriedad. Pero en la práctica, esa reserva se traduce en que el Estado decide cuándo y qué puede saber el familiar o el activista, colocándolos en un lugar de minoridad política. ​

El presidente de la organización civil lo percibe con claridad: al ocultar información bajo el pretexto de prudencia, el Comité trata al familiar como alguien incapaz de manejar la complejidad del expediente. De ahí la frase “bájense un poco del caballo”, -por parte del presidente- que no es un exabrupto personal, sino una denuncia de la distancia elitista que se instala cuando el Comité adopta el tono y las formas de ministros y gobernadores. El problema no es solo de modales: cuando el órgano que debía amplificar la voz de las víctimas se enmudece, contribuye a la desafiliación ciudadana y al mensaje de que “nadie nos representa”.

La construcción del peligro y el expediente como dispositivo de verdad

Una tesis clave del análisis del caso en cuestión, es que el Estado tiende a mapear y etiquetar a las personas a través de sus procesos burocráticos. En el terreno de la violencia institucional, eso significa que el expediente se convierte en el lugar donde se decide quién es víctima, quién es sospechoso, quién merece credibilidad y quién no. Si el Comité espera pasivamente los tiempos fiscales, dejando que sean la policía y la justicia penal quienes llenen de contenido el expediente, renuncia a su función más delicada: disputar la versión oficial.

El presidente de la asociación civil advierte que la prudencia procedimental puede ser una trampa mortal: si el CPTS se sienta a esperar, la única realidad válida será la voz policial, es decir, la voz del propio aparato denunciado. La verdad deja de ser un resultado neutro de la acumulación de pruebas y pasa a ser una disputa política en la que el tiempo es un factor decisivo. En un contexto donde crece la violencia institucional policial y la desterritorialización de la ciudadanía (desplazamientos, pérdida de anclajes comunitarios, miedo), el silencio del Comité deja el campo libre para que el relato estatal se imponga sin contrapeso.

Éticas divergentes: independencia vs. cooptación

El cierre del diálogo muestra con nitidez dos éticas en conflicto. El abogado representante de la Cámara de Senadores defiende su lugar dentro de la estructura estatal como el espacio desde el cual se gestionan soluciones: se sienta en mesas interinstitucionales, articula con ministerios, maneja agendas, escribe informes. Para él, ser parte del Estado es el modo responsable de ejercer el poder delegado.

El presidente de la asociación civil, en cambio, reivindica su independencia y su decisión de no pertenecer a ninguna “encumbrada institución” como una forma de resistencia. Ve en la integración al Estado un riesgo permanente de cooptación y pérdida de autonomía, por el cual el Comité termina actuando más como amortiguador del conflicto que como catalizador del reclamo. Cuando denuncia que el CPTS ha adoptado “las formas de los ministros y gobernadores, abultadas agendas”, pone en evidencia que la cooptación no siempre se da por corrupción o favores, sino por imitación de estilos, ritmos y prioridades.

El edificio en llamas: una metáfora para el presente

La analogía del arquitecto y el rescatista sintetiza el problema. El abogado, como arquitecto, insiste en revisar los planos, asegurarse de no dar un paso en falso, esperar que los cimientos se asienten antes de intervenir. El presidente, como rescatista, sabe que, si no entran ahora, el humo de la voz policial habrá asfixiado la verdad antes de que el informe técnico esté terminado. ​

En un escenario donde la violencia policial crece y la ciudadanía se siente expulsada de los espacios de decisión (desterritorializada y desafiliada), el riesgo de “arquitecturizar” la acción del Comité es altísimo. Cada demora, cada silencio, cada excusa procedimental se traduce en frustración social, en descreimiento hacia las instituciones y en la sensación de que la tortura y los abusos son parte del paisaje inevitable.

 

Mala interpretación de la función del Comité

La tensión que identificamos en torno al caso de la muerte en custodia interpelada por la organización civil, permite identificar varias malas interpretaciones que algunos miembros del CPTS estarían haciendo de su función:

  • Confundir independencia con neutralidad burocrática: la independencia del Comité no es equidistancia entre víctimas y Estado, sino capacidad de interpelar al Estado desde el lugar de las víctimas.
  • Leer la reserva institucional como obligación de silencio ante los familiares: el deber de prudencia no puede convertirse en un dispositivo de minorización de quienes reclaman información.
  • Creer que la legitimidad proviene solo de la Cámara que designa: al ignorar la delegación originaria de los organismos, se desatiende el vínculo político que sostiene la existencia misma del CPTS.
  • Priorizar la agenda estatal sobre la agenda de derechos: cuando el Comité adopta “abultadas agendas” al estilo ministerial, corre el riesgo de olvidar que su razón de ser no es gestionar tiempos de gobierno, sino proteger cuerpos y dignidades concretas.

Estas malas lecturas generan una debilitación institucional profunda: el Comité pierde credibilidad ante las organizaciones, se fractura el campo de los derechos humanos y se abre una brecha que los aparatos represivos del Estado aprovechan para actuar con mayor impunidad.

Legitimidad, rendición de cuentas y futuro del Comité

Si se acepta que la representación del abogado, aun cuando provenga formalmente de la Cámara de Senadores, es una derivación indirecta de la delegación de los organismos, entonces se vuelve imprescindible reconstruir mecanismos de rendición de cuentas hacia ese campo social. Esto implica que los integrantes del CPTS no solo deben responder a los reglamentos internos y a los parlamentos, sino también a las organizaciones que hicieron posible la existencia del Comité.

Algunas líneas de trabajo que se desprenden de los informes podrían ser:

  • Instalar instancias periódicas de diálogo público entre el CPTS y los organismos, donde se informen acciones, se reciban críticas y se revisen mandatos.
  • Revisar los protocolos de comunicación con familiares para eliminar prácticas de minorización y asegurar un flujo de información compatible con la dignidad de quienes reclaman.
  • Reafirmar, desde el propio Comité y ante el Parlamento, que su función central es disputar la verdad frente a la violencia estatal, no simplemente “ordenar” expedientes o acompañar tiempos judiciales.

En última instancia, la pregunta “quién se queda con la voz sobre la tortura en Salta” no admite respuestas neutras. O esa voz sigue anclada en la memoria, el dolor y la organización de las víctimas y sus aliados, o se la deja caer definitivamente en manos de los mismos aparatos que han hecho de la violencia institucional una forma recurrente de gobierno del territorio y de la ciudadanía. El lugar que el Comité elija ocupar en esta disputa definirá no solo su futuro, sino la confianza posible de la sociedad en que, frente a la tortura, el Estado ya no se comporta solo como agresor, sino como garante real de derechos.


 

Mecanismo Nacional y mecanismos provinciales de la prevención de la tortura en Argentina

El origen de los mecanismos de prevención de la tortura combina fuentes internacionales (tratados de la ONU) y normas nacionales y provinciales que crean el Mecanismo Nacional y los mecanismos locales. Todos comparten una misma idea: órganos independientes que visitan lugares de encierro, monitorean la violencia estatal y recomiendan cambios para prevenir tortura y malos tratos.ohchr+3

Marco internacional

  • La base es el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT), aprobado por la ONU en 2002 y en vigor desde 2006.ohchr
  • El OPCAT obliga a cada Estado parte a “mantener, designar o establecer” uno o varios mecanismos nacionales de prevención (NPM) para inspeccionar de manera regular todos los lugares donde haya personas privadas de libertad.academic.oup+1
  • Estos mecanismos deben ser independientes, tener acceso irrestricto a los lugares de detención, poder entrevistar a personas privadas de libertad y formular recomendaciones a las autoridades para mejorar condiciones y prevenir tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.amnesty+2

Ley nacional en Argentina

  • Para cumplir con el OPCAT, Argentina sancionó la Ley 26.827, que crea el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.ppn+1
  • La ley establece el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura como órgano independiente en el ámbito del Congreso, con facultades para actuar en todo el territorio nacional, visitar lugares de encierro federales y emitir recomendaciones y reportes.senado+1
  • La Procuración Penitenciaria de la Nación integra el sistema como mecanismo de prevención en el ámbito federal, y participa del Consejo Federal de Mecanismos Locales junto con el Comité Nacional.ppn

Mecanismos locales y leyes provinciales

  • La Ley 26.827 ordena que todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creen o designen sus propios mecanismos locales de prevención de la tortura, respetando los principios de independencia, acceso a lugares de detención y facultad de recomendación.comisionporlamemoria+1
  • Estos mecanismos locales se articulan en un Consejo Federal de Mecanismos Locales de Prevención de la Tortura, que coordina políticas, intercambia información y fija criterios comunes de actuación.cnpt+1
  • Cada provincia dicta su ley específica: crea un comité, comisión u organismo equivalente, define su integración (a menudo con participación de legislaturas, organismos de derechos humanos y otros actores) y le otorga potestades de visita, investigación, recomendación y seguimiento sobre cárceles, comisarías, institutos de menores, dispositivos de salud mental y otros espacios de encierro.comisionporlamemoria+1

En qué consisten estos mecanismos

En términos simples, los mecanismos (nacional y provinciales):

  • Realizan visitas periódicas, sorpresivas y sin restricciones a todos los lugares donde haya personas privadas de libertad (cárceles, comisarías, institutos, hospitales psiquiátricos, centros de migrantes, etc.).ohchr+2
  • Relevan condiciones de detención, prácticas de las fuerzas de seguridad y del personal, registros de denuncias y protocolos de actuación, identificando riesgos y patrones de violencia institucional.justice+1
  • Emiten recomendaciones a los poderes públicos para modificar leyes, políticas, prácticas y condiciones materiales que puedan facilitar tortura o malos tratos, y monitorean el cumplimiento de esas recomendaciones.ohchr+1
  • Elaboran informes públicos, muchas veces anuales, que documentan la situación de la tortura y otros tratos crueles en el país o la provincia, contribuyendo al control democrático y a la presión social para que el Estado cumpla sus obligaciones internacionales.justice+2
  1. https://www.ohchr.org/en/instruments-mechanisms/instruments/optional-protocol-convention-against-torture-and-other-cruel
  2. https://www.justice.govt.nz/justice-sector-policy/constitutional-issues-and-human-rights/human-rights/international-human-rights/cat/optional-protocol/
  3. https://ppn.gov.ar/index.php/en-us/institucional/noticias/328-el-congreso-aprobo-el-mecanismo-nacional-de-prevencion-de-la-tortura
  4. https://www.comisionporlamemoria.org/archivos/justiciayseguridad/proyecto-mecanismo-2014.pdf
  5. https://academic.oup.com/oxford-law-pro/book/57891/chapter/472032580
  6. https://www.amnesty.org/en/wp-content/uploads/2021/06/ior510022003en.pdf
  7. https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/NPM_Guide_EN.pdf
  8. https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/info/473
  9. https://cnpt.gob.ar/2022/wp-content/uploads/2022/01/Anexo-14-Recomendacion-CNPT-09-20-Relevamiento-y-diagnostico-del-estado-de-los-Mecanismos-Locales-de-Prevencion-de-la-Tortura-FINAL.pdf
  10. https://ppl-ai-file-upload.s3.amazonaws.com/web/direct-files/attachments/53928414/bea356c3-3bcf-485b-9398-45c76657341a/2025-12-30-TEnsion-con-el-CPTS.pdf
  11. https://treaties.un.org/doc/source/RecentTexts/iv_9bE.pdf

 

Relación de la Asociación Ragone en el mecanismo de prevención de la tortura de Salta

La Asociación Miguel Ragone nace y actúa en el mismo campo político‑jurídico que da origen al Comité para la Prevención de la Tortura en Salta, y su estatuto se articula de manera muy cercana con el mandato de la ley provincial que crea el Comité.miguelragone.blogspot+4

Constitución e identidad de la Asociación Miguel Ragone

  • La Asociación Dr. Miguel Ragone por la Verdad, la Memoria y la Justicia se constituye en Salta como organización de la sociedad civil dedicada a la defensa de los derechos humanos, la memoria y la justicia en torno al terrorismo de Estado y sus continuidades.boletinoficialsalta+1
  • Trabaja en campos como memoria histórica, salud mental, discriminación LGBTIQ+ y construcción de políticas públicas desde una perspectiva de derechos humanos, lo que la ubica como actor de referencia en la agenda local de prevención de la violencia estatal.cnpt+2

 

Relación con la protección de derechos humanos y el CPTS

  • La Asociación se vincula directamente con la prevención de la tortura y malos tratos al impulsar diagnósticos e incidencia en salud mental “desde una perspectiva de derechos humanos y con un enfoque de prevención de la tortura y los malos tratos”, incluyendo el diseño de protocolos de monitoreo en dispositivos de salud mental.cnpt
  • En 2024, la Asociación Miguel Ragone firma un convenio de colaboración con el Comité para la Prevención de la Tortura de Salta y otros organismos, orientado específicamente a prevenir la tortura y malos tratos por parte de fuerzas policiales en establecimientos de detención.nuevodiariodesalta
  • Esa articulación formal confirma una relación institucional de cooperación entre la Asociación y el CPTS, donde la primera aporta trayectoria militante y capacidad de monitoreo social, y el segundo aporta el mandato legal de órgano preventivo del sistema provincial.nuevodiariodesalta+1

Ley provincial que crea el Comité de Prevención de la Tortura

  • Salta crea su Sistema Provincial de Prevención de la Tortura mediante la Ley 8024 (2017), reglamentada por el Decreto 1139/18, que establece un Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y un Consejo Consultivo.salta+1
  • El Comité se integra con un representante del Poder Ejecutivo, uno de la Cámara de Diputados, uno de la Cámara de Senadores y dos representantes de ONG de derechos humanos elegidos por concurso, explicitando la participación de organizaciones de la sociedad civil como la Asociación Miguel Ragone.salta
  • El Consejo Consultivo reúne a actores institucionales (Poder Judicial, Ministerio Público, Legislativo, Ejecutivo, IPPIS, Colegio de Abogados, UNSa) para diseñar y monitorear recomendaciones de prevención de la tortura, reforzando el carácter interinstitucional del sistema.salta

Proximidad entre el Estatuto de la Asociación y la Ley 8024

Aunque no se dispone del texto completo del estatuto, puede establecerse una fuerte proximidad de mandato entre la Asociación y la Ley 8024:

  • Memoria y verdad vs. prevención de la tortura: La Asociación se define por la memoria, la verdad y la justicia frente a la violencia política del Estado, mientras la ley crea un Comité específicamente orientado a prevenir la tortura y otros malos tratos en contextos de encierro; ambos parten del reconocimiento de la responsabilidad estatal en violaciones de derechos.salta+2
  • Defensa de personas vulneradas por el Estado: La Asociación trabaja sobre salud mental, discriminación LGBTIQ+ y territorios vulnerados, incorporando un enfoque de prevención de la tortura y malos tratos; el Comité tiene mandato legal para monitorear cárceles, comisarías y otros dispositivos donde esas mismas poblaciones suelen ser afectadas.cnpt+2
  • Participación social en el control del Estado: El estatuto (según la práctica institucional y la descripción pública) coloca a la Asociación como actor de la sociedad civil que interpela al Estado; la ley provincial manda que el Comité incluya representantes de ONG de derechos humanos, institucionalizando esa función de control social.salta+2

Vínculos políticos entre Estatuto y Ley

  • La Asociación Miguel Ragone encarna en el campo social lo que la Ley 8024 traduce en lenguaje jurídico: la necesidad de que la sociedad civil organizada participe estructuralmente en la prevención de la tortura y el monitoreo de la violencia institucional.salta+2
  • El convenio de colaboración con el CPTS muestra cómo el mandato estatutario (memoria, derechos humanos, prevención de violencias estatales) se despliega en acciones concretas dentro del marco institucional creado por la ley.nuevodiariodesalta+1
  • Puede sostenerse, por proximidad de fines, que la presencia de ONG en el Comité provincial es una derivación normativa de la historia de organizaciones como la Asociación Miguel Ragone, cuyo estatuto anticipa y fundamenta la exigencia de que los organismos de derechos humanos no solo acompañen a las víctimas, sino que ocupen espacios de co‑gestión y control en los mecanismos de prevención de la tortura.miguelragone.blogspot+4
  1. http://miguelragone.blogspot.com
  2. https://cnpt.gob.ar/asociacion-miguel-ragone-por-la-verdad-la-justicia-y-la-memoria/
  3. https://www.salta.gob.ar/prensa/noticias/salta-reglamento-la-ley-que-crea-el-sistema-provincial-de-prevencion-de-la-tortura-61079
  4. https://www.salta.gob.ar/prensa/noticias/salta-es-la-octava-provincia-que-pone-en-funcionamiento-su-comite-para-la-prevencion-de-la-tortura-80680
  5. https://nuevodiariodesalta.com.ar/organismos-de-derechos-humanos-firmaron-un-convenio-de-colaboracion/
  6. https://boletinoficialsalta.gob.ar/instrumento.php?cXdlcnR5dGFibGE9QXwxMDAwNTI2NzAmZGF0YT0xOTc0NHF3ZXJ0eQ=%3D
  7. http://miguelragone.blogspot.com/2016/03/
  8. https://ppl-ai-file-upload.s3.amazonaws.com/web/direct-files/attachments/53928414/bea356c3-3bcf-485b-9398-45c76657341a/2025-12-30-TEnsion-con-el-CPTS.pdf
  9. https://boletinoficialsalta.gob.ar/instrumento.php?cXdlcnR5dGFibGE9QXwxMDAwMjg4MDUmZGF0YT0xODg2NXF3ZXJ0eQ=%3D
  10. https://boletinoficialsalta.gob.ar/Imprimir_doc.php?cXdlcnR5dGFibGE9QXwxMDAwMjE3MDZxd2VydHk=
  11. https://www.edisalta.ar/gobernadores/ragone.html

 

viernes, 19 de diciembre de 2025

Contra el reloj: El vacío institucional que amenaza la prevención de la tortura en Salta

 ¡Urgente! Salta al borde del colapso: sin concurso YA, el Comité contra la Tortura quedará vacío y las cárceles sin control

Audiencia del CPTS con la Corte de Justicia de Salta, 2025


 19 de diciembre de 2025

Salta se encuentra ante una encrucijada silenciosa pero determinante para la calidad de su democracia. Mientras la sociedad debate sobre seguridad y justicia, el organismo encargado de vigilar que el Estado no viole los derechos humanos en los lugares de encierro se acerca peligrosamente a una parálisis operativa.

El Comité Provincial para la Prevención de la Tortura (CPT), una conquista institucional lograda tras años de lucha y materializada en la Ley 8024, enfrenta hoy su desafío más urgente: no es una inspección carcelaria ni un litigio judicial, sino su propia supervivencia administrativa. Con los mandatos de sus miembros fundadores a punto de expirar en febrero de 2026, la ausencia de un llamado a concurso para renovar sus autoridades enciende todas las alarmas.

Lo que está en juego: Ojos donde nadie mira

Para entender la gravedad de la demora, hay que mirar el retrovisor. Desde su puesta en funcionamiento operativo en 2022, el Comité dejó de ser una oficina burocrática para convertirse en un actor de campo. En los últimos cuatro años, sus integrantes entraron allí donde la mirada pública no llega: comisarías colapsadas y pabellones penitenciarios hacinados.

Sus informes no fueron complacientes. Pusieron en números lo que muchos intuían pero nadie oficializaba: el sistema penitenciario de Salta opera con una sobrepoblación real del 150%. No se limitaron a diagnosticar; gestionaron. Gracias a sus habeas corpus correctivos y litigios estratégicos, se lograron avances tangibles, como la apertura de consultorios de salud en el penal de Villa Las Rosas y la visibilización de la crisis específica que atraviesan las mujeres privadas de su libertad, cuya tasa de encarcelamiento creció un 41% en la Alcaidía de la Capital.

El Comité funcionó como el contrapeso necesario en un sistema que, sin control, tiende naturalmente al abuso.

La inercia burocrática como riesgo político

Sin embargo, la institucionalidad es frágil. A días de terminar el 2025, la situación es crítica. La Mesa de Derechos Humanos de Salta ya ha advertido sobre el riesgo inminente de acefalía. Los procesos de concurso público para designar a los nuevos comisionados —quienes deben representar tanto a la sociedad civil como al Estado— requieren tiempos administrativos que hoy ya no tenemos.

La designación reciente de un nuevo comisionado por el Senado y el llamado a concurso para la Secretaría Ejecutiva en julio de este año son pasos necesarios, pero insuficientes si la cúpula directiva queda vacante. Si el Gobierno no acelera los plazos para la renovación total, en menos de sesenta días Salta podría tener un Comité "de papel": existente en la ley, pero vacío en la práctica.

Una política de Estado, no de Gobierno

La prevención de la tortura y los tratos inhumanos no puede depender de los tiempos electorales ni de la voluntad política de turno; es un compromiso internacional y una obligación constitucional.

Dejar caer al Comité en un limbo administrativo no solo sería un retroceso burocrático, sería un mensaje peligroso: que la vigilancia sobre el poder punitivo del Estado es prescindible. La renovación de autoridades no es un trámite; es la garantía de que, en 2026, alguien seguirá vigilando a quienes nos vigilan. El reloj corre y el tiempo para evitar el vacío institucional se agota.

miércoles, 19 de noviembre de 2025

Pedido urgente de concurso para garantizar la continuidad del Comité contra la Tortura en Salta

 La carta, fechada el 19 de noviembre de 2025 y dirigida al Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, Ricardo Villada, es presentada por miembros del Consejo Consultivo para la Prevención de la Tortura de Salta, en el marco del expediente 0030041-147564/2025-1. Solicitan información actualizada sobre la realización del concurso público de antecedentes y oposición para designar a los representantes de las organizaciones de derechos humanos ante el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura (CPT), cuyos mandatos vencen el 14 de febrero de 2025 según la Ley 8.024.

Subrayan la importancia institucional de garantizar una renovación oportuna que asegure la continuidad ininterrumpida del funcionamiento del CPT, clave para la protección de las personas privadas de libertad y el cumplimiento del OPCAT y la normativa provincial. Reclaman conocer actuaciones realizadas, etapas pendientes y requerimientos para avanzar en el trámite, y recuerdan que sigue vacante la representación del Poder Ejecutivo, proponiendo aprovechar el proceso para cubrirla. Finalmente, insisten en respetar equidad de género, no discriminación y representación de fuerzas sociales en la integración del Comité.




lunes, 3 de noviembre de 2025

GRAVE PREOCUPACIÓN POR LA CONTINUIDAD DEL COMITÉ PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA DE SALTA

 Conferencia de prensa: Martes 4 de noviembre 10:30 hs en Bar Los Tribunales (Rivadavia esq Mitre)

GRAVE PREOCUPACIÓN POR LA CONTINUIDAD DEL COMITÉ PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA DE SALTA



Salta, Sábado 1 de noviembre 2025

Los organismos integrantes de la Mesa de Derechos Humanos de Salta (Familiares de Detenidos-Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales de Salta -  Asociación de Derechos Humanos Lucrecia Barquet - H.I.J.O.S. Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio - Asociación de Derechos Humanos Coca Gallardo) junto a la Asociación Miguel Ragone y la Liga Argentina por los Derechos Humanos;

expresamos a la sociedad nuestra profunda preocupación en relación a la continuidad del Comité para la Prevención de la Tortura de Salta, órgano que en su primer periodo de gestión ha demostrado cumplir con el mandato para el que fuera creado por Ley N° 8024 con eficacia, compromiso y sensibilidad, pese a no contar con un presupuesto adecuado.

Sabemos que el próximo 14 de febrero de 2026 caducarán los mandatos de los Comisionados representantes de los organismos de Derechos Humanos, quienes fueron seleccionados mediante un concurso público de antecedentes y oposición. El proceso de selección para la renovación de los mandatos aún no ha iniciado pese a que deben llevarse adelante distintas etapas vinculadas con la transparencia, participación y evaluación de idoneidad de los/as postulantes (convocatoria a un Tribunal ad hoc, publicidad de la convocatoria, recepción de postulaciones, periodo de impugnaciones o adhesiones, entrevistas, dictamen. El 4 de agosto presentamos esta preocupación mediante nota formal al Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Ing. Ricardo Villada, sin ningún tipo de respuesta a la fecha (Expte. N° 0030041-147564/2025).

Creemos que la puesta en funcionamiento del Comité para la Prevención de la Tortura de Salta ha representado un paso fundamental del Gobierno Provincial en materia de Derechos Humanos y el cumplimiento de un compromiso previamente asumido. Actualmente el Comité desarrolla un proceso de monitoreo permanente a los lugares de privación o restricción de libertad para combatir la tortura y los malos tratos, con seguimiento de recomendaciones, impulsa y participa en instancias de articulación interpoderes e intersectoriales a nivel provincial, nacional e internacional, y mantiene abiertas acciones judiciales como el habeas corpus por la situación apremiante en comisarías del interior de la provincia. Ninguna de estas acciones puede verse interrumpida por falta de voluntad o por intencionalidad política.

Alertamos que la falta de renovación de los mandatos a tiempo puede dejar al Comité sin quórum para funcionar, peligro inminente agravado porque los mandatos que se vencen son justamente los de nuestros representantes como organismos de derechos humanos, quienes aseguran la posibilidad de un funcionamiento independiente del organismo.  

En razón de todo ello, exigimos al Gobierno de la Provincia de Salta dé impulso urgente al concurso público de antecedentes y oposición para la selección de los representantes de los organismos de Derechos Humanos ante el Comité para la Prevención de la Tortura de Salta, a efectos de garantizar una transición ordenada y continuidad inmediata en el tiempo.

 

Conferencia de Prensa:

Martes 4 de noviembre 10:30 hs en Bar Los Tribunales (Rivadavia esq Mitre)

Firman:

Lic. Blanca Silvia Lescano,  Cel 387 5797000

Nora Beatriz Leonard

Elia Fernández,

Elena Eloisa Rivero, Cel 387 532-6021

Bertha Graciela Lozana Maggi,

Fernando Pequeño Ragone, Cel 387 5107683

A cerca de la "rendición de cuentas a la sociedad": Cuando denunciar no alcanza

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